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¿Te gustaría tener seguro médico familiar, seguro de vida y un acceso a una pensión digna por menos de $2,000 al mes?

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Asesoría Personalizada

  • Asesoría sobre semanas cotizadas, empresas, empleadores, y años trabajados.
  • Análisis sobre situación en el IMSS.
  • Posible monto de pension IMSS.
  • Propuesta sobre opciones para presente y futuro.
  • AFORE
  • Estrategia para mejorar monto de pensión
  • Sistemas Mixtos de Pensión
  • Asesoría en Legislación, Ley 73, Ley 97

Capacitación Empresarial

Talleres a empresas para conocer sobre:

  • Seguridad Social y legislación laboral vigente
  • Sistema de pensiones: Ley 73 y 97
  • AFORE: cómo encontrarlo, administrarlo o ingresar dinero.
  • Calculos de montos de pensión
  • Entre otros temas relevantes
  • Sistemas mixtos de pensión
  • Planes Privados de Retiro

Seguros
Privados

Comparamos las mejores aseguradoras para ofrecerte la mejor opción adaptada a tus necesidades.
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Realizamos todos los trámites de afiliación al IMSS y te los enviamos a tu correo electrónico por $179 p/p +CUOTA IMSS

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Te ayudamos a elegir lo que mejor te convenga

En Afíliame te asesoramos sobre tu mejor opción de manera neutral de acuerdo a tus necesidades y posibilidades con pleno conocimiento del mercado.

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¿Y como decidir?

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te asesora sobre tu mejor opción.

¿Cuánto cuesta afiliarse al IMSS?

El costo depende de a qué te dediques, en dónde te encuentres y cuál es tu ingreso. Para el proceso de afiliación necesitas únicamente los siguientes datos: INE o CURP, NSS (Número de seguridad social de 11 dígitos) y correo electrónico y tu pago mensual.

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Protege tu salud y la de tu familia y asegura tu futuro con un plan de retiro personalizado

El Seguro de Gastos Médicos Mayores (SGMM) es una excelente forma de garantizar el acceso a la atención médica y hospitalaria que tú y toda tu familia se merecen.

Los Seguro de Gastos Médicos Mayores cubren la mayor parte de los gastos en tratamientos médicos, hospitales, ambulancias, medicinas, o cualquier tipo de intervención que necesites en caso de:

  • Emergencias médicas
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¿Te preocupa tu futuro? 7 de cada 10 mexicanos no tendrá derecho a una pensión, y en su mayoría quien la tenga será insuficiente.

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¿Sabías qué?

Desde 2021 los trabajadores independientes pueden afiliarse al IMSS recuperando sus semanas cotizadas.

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te ayudas a seleccionar la mejor opción

¿Sabías que por primera vez un trabajador mexicano en el extranjero puede afiliarse al IMSS?

Si tienes familiares en el extranjero o vives fuera de México, esta es tu oportunidad. Podrás darle a tu familia en México:

  • Servicios médicos, hospitalarios y farmacéuticos a esposx o conyuge, hijos (as) y padres.
  • Prestaciones sociales (velatorios y guarderías) •Tendrás acceso a pensión por invalidez y vida.
  • Fondo para el retiro
  • Servicio médico en México.
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Preguntas frecuentes

+Qué me conviene más, ¿tener IMSS o seguro privado?
Depende de tu edad, si has cotizado al IMSS, en que año empezaste a cotizar al IMSS, tus posibilidades financieras y necesidades médicas. Y te recomendamos toar una Asesoría Personalizada con costo de $1,499 con la finalidad de tener una respuesta concreta en base a tu historial laboral y personal.
Sí. Al asegurado que reingrese al régimen obligatorio se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:
  1. Si la interrupción en el pago de cotizaciones no fuese mayor de tres años, se le reconocerán, al momento de la reinscripción, todas sus cotizaciones
  2. Si la interrupción excediera de tres años, pero no de seis, se le reconocerán todas las cotizaciones anteriores cuando, a partir de su reingreso, haya cubierto un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones;
  3. Si el reingreso ocurre después de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento
En los casos de los puntos 2 y 3, si el reingreso del asegurado ocurriera antes de expirar el período de conservación de derechos, se le reconocerán de inmediato todas sus cotizaciones anteriores.
Para jubilarse se requieren las semanas cotizadas señaladas en la Ley del Seguro Social; sin embargo, al asegurarte quedas protegido por atención médica –entre otras prestaciones en materia de seguridad social- y, en su caso, al cumplir con los requisitos de Ley podrías tener derecho a una pensión. El ahorro para el retiro, se te entrega si no obtienes una pensión a los 60 años de edad. Si no te conviene el IMSS puedes hacer un Plan de Retiro (PPR) ajustado a tus necesidades.
Se puede ser beneficiario y asegurado. Si tu pareja tiene seguridad social en otro empleo, eres beneficiario y por tanto tienes atención médica en tanto tu pareja cuente con empleo. Cuando eres asegurado, además de la atención médica, cuentas con la cobertura de los otros ramos de aseguramiento, estás cubierto por riesgos de trabajo; invalidez y vida; ahorro para el retiro (sumas semanas cotizadas); guarderías y prestaciones sociales. Si sólo tiene IMSS por tu esposx, tu no tienes accesoa jubilación por lo que conviene que ese afilado al IMSS o tengas un Plan de Retiro (PPR) ajustado a tus necesidades.
No, en un principio no se proporcionarán las prestaciones en especie, al asegurado o sus beneficiarios, durante los tiempos y por los padecimientos y tratamientos siguientes:
  1. Seis meses:
    • Tumoración benigna de mama.
  2. Diez meses:
    • Parto.
  3. Un año:
    • Litotripcia.
    • Cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas de útero, ovarios y piso perineal.
    • Cirugía de insuficiencia venosa y várices.
    • Cirugía de senos paranasales y nariz.
    • Cirugía de varicocele.
    • Hemorroidectomía y cirugía de fístulas rectales y prolapso de recto.
    • Amigdalectomía y adenoidectomía.
    • Cirugía de hernias, excepto hernia de disco intervertebral.
    • Cirugía de hallux valgus.
    • Cirugía de estrabismo.
  4. Dos años:
    • Cirugía ortopédica.
Claro, si demuestras tu estancia legal en el país, y cuentas con CURP y tramitas tu Número de Seguridad Social.
Si estás embarazada, desde el primer día de aseguramiento tienes derecho a la atención médica general, sin embargo, la atención médica para el parto se prestará únicamente en aquellos casos que hayas estado asegurada durante diez meses previos al alumbramiento.

Para tener derecho a la incapacidad por maternidad se deben cubrir por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago de la incapacidad.
Para hacer uso de los servicios que otorga el IMSS, deberás realizar tu registro, y en su caso el de tus beneficiarios legales, en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda a tu domicilio. Podrás hacerlo usando tu FIEL desde el Escritorio Virtual en el portal del IMSS o acudiendo directamente a la ventanilla de la UMF.